Debemos de recordar que la residencia por razones humanitarias es una autorización que se concede como producto final de una solicitud de protección internacional por parte de ciudadanos venezolanos.
Hace más de 8 años que España ha concedido esta tipología de residencia a venezolanos que huían de la situación de crisis política, social, económica y humanitaria que vivían en Venezuela.
Como ya sabemos, a partir del 12 de junio de 2026, toda persona que tenga residencia por razones humanitarias, no podrán renovar la residencia como hacía hasta ahora, simplemente pidiendo cita para las huellas. Esto significa que tendrán que modificar la misma.
Si el interesado lleva más de un año residiendo en el país deberá solicitar la modificación conforme a lo dispuesto en el artículo 191, dos meses antes del vencimiento de la misma o tres meses después.
En aquellos casos en los que el interesado lleve residiendo menos de un año, podrá modificar la residencia en el momento en el que desee, pero es conveniente que lo haga dos meses antes de la caducidad de la tarjeta cumpliendo alguno de los requisitos anteriores
Si lo hace antes, deberá hacerlo conforme a lo establecido en artículo 191.2 que señala que será necesario que el empleo haya sido sometido a la Situación Nacional de Empleo, aportar un contrato que cubra el SMI, que el empleador tenga medios económicos suficientes etc… y la tarjeta que se obtenga será sólo de un año de duración.
1. ¿Qué se debe de hacer con la residencia por razones humanitarias?
Dos meses antes o tres meses después del vencimiento de nuestra tarjeta de identidad de extranjeros debemos de modificar a residencia y trabajo por cuenta ajena/propia.
2. ¿Puedo seguir renovando mi residencia por razones humanitarias?
No, solo se puede modificar a esta tipología de autorización de residencia. Se puede siendo autónomo, trabajando por cuenta ajena o incluso en situación de desempleo.
3. ¿Qué pasa con los menores de edad y personas de avanzada edad?
Para los menores, se tendrán en cuenta como residencia para menores extranjeros no nacidos en España. Para los de avanzada edad, podrán renovar su autorización de residencia por razones humanitarias teniendo en cuenta su situación particular.
4. ¿Cuánto tiempo me van a dar la residencia?
Se otorgará por cuatro años que serán computables con los que ya llevábamos anteriormente. Esto es importante para solicitar la nacionalidad española por residencia teniendo en cuenta la opción de iberoamericanos. Es recomendable realizar la solicitud antes del vencimiento, pero aportar la nueva documentación que se tiene.
En conclusión, está prevista la transición de una autorización de residencia por razones humanitarias que se deja de renovar a otra tipología de autorización para todas las casuísticas que puedan existir.
Desde el despacho, te damos la posibilidad de tramitar la modificación y la solicitud de nacionalidad con unos honorarios conjunto que vas a poder abonar en partes. Nuestro compromiso con las personas de nacionalidad española siempre ha tenido un vinculo especial por el origen de uno de nuestros abogados, Franklin Durán.
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