El Gobierno actual ha decidido poner fin a la residencia para inversores en inmuebles con valor de más de quinientos mil euros, residencia comúnmente conocida como Golden Visa.
¿Quién podía obtener una Golden Visa?
Podía obtener una autorización o visado como inversor aquella persona que hubiese hecho una compra de una o varias viviendas que sumen un valor total de 500.000 euros o superior. Así que, este es el requisito principal y solamente aquellas personas que hubiesen hecho esta inversión son los que podían solicitar la autorización o visado como inversor.
Sigue abierta la vía de residencia para inversores, siempre que la inversión sea:
1. Una inversión inicial por un valor:
– Igual o superior a 2 millones de euros en títulos de deuda pública española;
– 1 millón de euros en acciones o participaciones sociales de sociedades de capital españolas con una actividad real de negocio; 1 millón de euros en fondos de inversión;
– Fondos de inversión de carácter cerrado o fondos de capital riesgo constituidos en España o 1 millón de euros en depósitos bancarios en entidades financieras españolas.
2. Un proyecto empresarial que vaya a ser desarrollado en España y que sea considerado y acreditado como de interés general por creación de empleo, inversión con impacto socioeconómico de relevancia o innovación científica/tecnológica.
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