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PROTECCIÓN TEMPORAL PARA UCRANIANOS

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Mar 17, 2022

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El Gobierno ha dado ya la información necesaria para delimitar el procedimiento de solicitud de protección temporal para los desplazados ucranianos.

Deben de cumplir con los siguientes requisitos:

  • Personas desplazadas de Ucrania a partir del 24 de febrero de 2022 a consecuencia de la invasión rusa iniciada en tal fecha.
  • Personas residentes en Ucrania que se encontraban en España cuando estalló el conflicto y no han podido regresar a su país.

Información sobre protección temporal

El Consejo de la UE ha aprobado la Decisión por la que entra en aplicación la Directiva 2001/55/CE del Consejo, sobre protección de personas desplazadas y que permitirá automáticamente a los ucranianos desplazados residir, trabajar o estudiar en la Unión Europea un año prorrogable hasta tres años, sin tener que solicitar asilo.

¿Podré trabajar mientras estoy en España? ¿Qué derechos me otorga la protección temporal?

Concede un permiso de residencia y trabajo. Este es válido durante toda la duración de la protección. Las personas beneficiarias de la protección temporal tienen derecho a lo siguiente:

  • Trabajar por cuenta propia o ajena,
  • Acceder las prestaciones previstas en el sistema de acogida.
  • Los menores de dieciocho años tendrán, asimismo, derecho a acceder a la educación en las mismas condiciones que los nacionales del país de la UE de acogida.
  • Atención médica.

¿Quién puede solicitar Protección Temporal?

  • Nacionales ucranianos en situación de estancia en España antes del 24.02.2022 que, como consecuencia del conflicto armado, no pueden regresar a Ucrania.
  • Nacionales de terceros países o apátridas que residieran legalmente en Ucrania sobre la base de un permiso de residencia legal válido (sea permanente u otro tipo como estudiantes) expedido de conformidad con el derecho ucraniano y no pueden regresar a su país o región de origen en condiciones seguras.
  • Nacionales de Ucrania que se encontraban en situación irregular en España antes del 24.02.2022 y que, como consecuencia del conflicto armado, no pueden regresar a Ucrania.
  • Miembros de sus familias (salvo para el tercer supuesto de situación irregular): (i) cónyuge o pareja de hecho; (ii) hijos menores solteros o de su cónyuge; (iii) otros parientes cercanos que dependieran de ellos.

¿Dónde puedo solicitar Protección Temporal?

En Madrid, Barcelona y Alicante, estos son los tres centros puestos a disposición:

  • Centro de Recepción, Atención y Derivación de Madrid. Pozuelo de Alarcón.
  • Centro de Recepción, Atención y Derivación de Barcelona. Fira de Barcelona.
  • Centro de Recepción, Atención y Derivación de Alicante. Ciudad de la Luz.
  • En las comisarías habilitadas de todo el territorio español.

Si eres Ucraniano, ponte en contacto con nosotros. ¡Estaremos encantados de ayudarte!  

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